El Bachillerato es una de las enseñanzas que conforman la educación secundaria postobligatoria, cuya finalidad es proporcionan al alumnado formación, madurez intelectual y humana, conocimientos, habilidades y actitudes que permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia. Asimismo, esta etapa permite la adquisición y logro de las competencias indispensables para el futuro formativo y profesional, además de capacitar para el acceso a la educación superior.
PODRÁN ACCEDER a los estudios de BACHILLERATO los alumnos que estén en posesión del:
a) Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
b) Título de Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional, o de Artes Plásticas y Diseño, o Técnico Deportivo o Técnico Deportivo Superior.
El Bachillerato tiene una DURACIÓN de dos cursos académicos, excepcionalmente tres, que podrán realizarse en régimen ordinario, nocturno y a distancia. El alumnado puede permanecer cursando Bachillerato en régimen ordinario durante cuatro años, consecutivos o no.
Se ordena en cuatro modalidades: Artes, General, Ciencias y Tecnología, y Humanidades y Ciencias Sociales. Se definen las materias comunes para todas ellas.
Promoción de primero a segundo curso:
Los alumnos y las alumnas promocionarán de primero a segundo curso de Bachillerato cuando hayan superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias, como máximo. En todo caso, deberán matricularse en segundo curso de las materias no superadas de primero. El alumnado que opte por el Bachillerato en tres años académicos seguirá las mismas normas que los que lo cursen en dos años.
El alumnado que no promocione a segundo curso deberá permanecer un año más en primero, teniendo que cursarlo en su totalidad.
Repetición de Segundo curso:
Los alumnos y las alumnas que, al término del segundo curso tuvieran evaluación negativa en algunas materias podrán:
Opción 1: matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas.
Opción 2: optar por repetir el curso completo.
Debe tenerse en cuenta que, sin superar el plazo máximo de cuatro años de permanencia en Bachillerato, en régimen presencial ordinario, se podrán repetir cada uno de los cursos de Bachillerato una sola vez como máximo.
Organización del Bachillerato en tres años académicos.
Se podrá realizar el Bachillerato en tres años académicos, en régimen ordinario, siempre que las circunstancias personales del alumno o alumna lo aconsejen. En estos casos el alumnado cursará simultáneamente materias de ambos cursos de Bachillerato.
El conjunto de materias del Bachillerato se estructura en materias comunes, materias específicas de modalidad y optativas propias de la comunidad.
El Bachillerato se organiza en las siguientes modalidades:
a) Artes. Se establecen dos vías, una referida a Artes Plásticas, Imagen y Diseño, mientras que la otra lo hará Música y Artes Escénicas.
b) General.
c) Ciencias y Tecnología.
d) Humanidades y Ciencias Sociales.
Cada alumno o alumna selecciona su itinerario educativo eligiendo una modalidad y un itinerario, según las siguientes opciones:
Obtención del título de Bachiller
Para obtener el título de Bachiller será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos de Bachillerato.
Excepcionalmente, el equipo docente podrá decidir la obtención del título de Bachiller por un alumno o alumna que haya superado todas las materias salvo una, siempre que se cumplan además todas las condiciones siguientes:
a) Que el equipo docente considere que el alumno o la alumna ha alcanzado los objetivos y competencias vinculados a ese título.
b) Que no se haya producido una inasistencia continuada y no justificada por parte del alumno o la alumna en la materia.
c) Que el alumno o la alumna se haya presentado a las pruebas y realizado las actividades necesarias para su evaluación, incluidas las de la convocatoria extraordinaria.
d) Que la media aritmética de las calificaciones obtenidas en todas las materias de la etapa sea igual o superior a cinco. En este caso, a efectos del cálculo de la calificación final de la etapa, se considerará la nota numérica obtenida en la materia no superada.
Obtención del título de Bachiller desde otras enseñanzas.
1. El alumnado que tenga el título de Técnico o Técnica en Formación Profesional podrá obtener el título de Bachiller en la modalidad General mediante la superación de las materias comunes.
2. El alumnado que tenga el título de Técnico o Técnica en Artes Plásticas y Diseño podrá obtener el título de Bachiller en la modalidad de Artes mediante la superación de las materias comunes.
3. También podrán obtener el título de Bachiller en la modalidad de Artes quienes hayan superado las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza, y superen además las materias comunes.
4. La nota que figurará en el título de Bachiller de este alumnado se deducirá de la siguiente ponderación:
a) el 60 % de la media de las calificaciones obtenidas en las materias comunes del Bachillerato.
b) el 40 % de la nota media obtenida en las enseñanzas mediante las que se accede a la obtención del título, calculada conforme a lo establecido en los respectivos reales decretos de ordenación de las mismas.